Potenciales perjudicados: LOS NIÑOS, LA FAMILIA, CADA PERSONA, por ende, LA SOCIEDAD EN SU CONJUNTO.
EL CAMBIO PROPUESTO DE LA PALABRA SEXO POR GÉNERO EN LA CÉDULA DE IDENTIDAD:
1. Por las consecuencias que acarrea, bien merece llamarse LEY DE LA ADOPCIÓN GAY. Veamos:
a. ABRE PASO AL MATRIMONIO DE PAREJAS DEL MISMO SEXO (viola art. 67 de la Constitución) pues con esta reforma quien nació mujer (sexo femenino) podría cambiarse a "género masculino" y, respaldado por la pretendida nueva forma de clasificación, según la cual en su cédula constaría como "género masculino" no tendría impedimento para contraer matrimonio con alguien de género (y sexo) femenino. Sin embargo, en este caso, los dos contrayentes serian de sexo femenino. Visto de otro ángulo, deberemos prepararnos en nuestras familias para casos como el siguiente: la nena, María, se enamora de Pedro, género masculino, pero con el tiempo enfrenta un complejo dilema: Pedro, ha confesado que tiene genitales de mujer / o que tiene genitales de hombre pero no puede procrear porque su sexo es femenino / o peor todavía, María se entera de esto luego de haber contraído matrimonio.
b. SE VIABILIZA LA ADOPCIÓN DE MENORES por PAREJAS DEL MISMO SEXO (viola art. 68 de la Constitución) Esto es una consecuencia de lo expuesto en el no. 4.
2. Atenta contra la identidad esencial de la persona, pues desconoce el fundamento biológico/científico inscrito en su ADN, que contiene la información esencial sobre su naturaleza, que determina su identidad. Esta información, incluye el sexo, masculino o femenino, y es inalterable. Desde esta perspectiva, pretender que puede darse un género distinto al sexo (ej. Tengo sexo masculino (genitales masculinos) pero "me siento mujer", o "me creo mujer", o "soy mujer") implica una "desintegración" de la esencia de la persona, de su naturaleza. En este contexto, es absurdo pretender imponer a la sociedad entera que establezca las características que determinan la identidad, basándose en conceptos que justamente "desintegran el concepto de identidad". Más absurdo todavía si se considera que este tipo de situaciones son más bien excepcionales. No existen estudios que permitan cuantificar su ocurrencia.
3. Perjudica, principalmente, a los niños, pues se les estaría imponiendo la incertidumbre de tener que resolver: ¿Y yo que soy? Las posibilidades son múltiples: físico masculino pero psíquico de mujer, viceversa, etc.
4. Revela una preocupante ligereza en cuanto al tratamiento del tema. ¿Tiene sentido que una simple declaración juramentada por parte del interesado esté por encima de su realidad física, biológica, natural (Así lo estipula la reforma planteada)? ¿Tiene sentido la existencia de mujeres con genitales masculinos, y viceversa? Frente a estos cuestionamientos planteados por "14 millones", los proponentes de estos cambios ahora manifiestan que el "cambio de género" deberá ser sustentado con un certificado médico. Esta novedad revela la ligereza con que se está manejando este asunto. Cabe, entonces, la pregunta: ¿Es factible que un médico pueda certificar que quien nació con sexo de hombre (genitales masculinos) pueda ser reconocido (medicamente) como mujer? ¿Con qué base sustentaría tal certificación? ¿Cómo podría un médico desconocer la información genética, científica inscrita en el ADN de la persona?
5. Contradice en su esencia al concepto mismo de identidad. Si pasa la reforma, según la cual quien nace con sexo femenino puede "cambiarse" a "género masculino", surge la pregunta: ¿Tiene sentido que con la nueva "definición de identidad", se "identifique" en una misma categoría (ej. Género másculino) a: hombres con genitales de hombres, hombres con genitales de mujer, hombres que nacieron con sexo de mujer pero se hicieron la operación para "ser hombres"? ¿Qué clase de definición de identidad sería esta que "identifica" (valga la redundancia) bajo una misma categoría a individuos tan "disímiles"? Conviene, en este contexto, tomar en cuenta las definiciones de "identidad" que aparecen en el Diccionario de la Lengua Española: 1 Conjunto de rasgos o informaciones que individualizan o distinguen algo y confirman que es realmente lo que se dice que es. 2 Igualdad o alto grado de parecido.
6. La identidad no solo es un derecho de la persona, sino una obligación social, para con los demás. Los demás tienen derecho a saber "quien soy" con la mayor claridad y transparencia posible. Dicho de otra manera, es fundamental que cada individuo pueda ser identificado de la mejor manera posible, entre otras razones para que, si delinque, una vez que se lo identifique, asuma su responsabilidad. Por ello, es imperativo que el esquema de definición de identidad sea idóneo, óptimo, lo cual exige minimizar complejidades. Según hemos visto en los numerales anteriores, si pasa esta reforma, ocurriría todo lo contario pues se estarían introduciendo complejidades que, además, hoy por hoy son difíciles de prever. Se estaría contradiciendo, en su esencia, el concepto mismo de identidad. La identidad del individuo pasaría a ser un verdadero enigma: ¿será hombre con sexo de hombre o con sexo de mujer?. ¿Y eso, no es solo asunto mío? ¿Por qué tienen que interferir con lo que yo creo ser, o siento, o deseo ser, dirán los defensores de la propuesta? Pues es muy sencillo: porque "la identidad del individuo" por lo arriba explicado tiene que poder ser claramente establecida por los demás, especialmente por quienes interactúan con los individuos, especial, pero no exclusivamente en los terrenos relacionados con el ámbito sexual. Visto de otro ángulo, es como si a alguien se le ocurriera imponer que no se utilice el ADN para identificar a personas, y más específicamente al padre de una criatura. Más bien esta forma de identificación se considera un gran avance, justamente en el ámbito de la idenfidad. En resumen, desde la perspectiva de la sociedad que rodea al individuo, este debe poder ser identificado por lo que es, y no por lo que siente, o anhela ser. El sexo, que es inalterable (pues aún cuando sea operado el individuo no puede alterar su esencia sexual: un hombre que se ha operado para transformarse en mujer, jamás podrá concebir como mujer, ni dar de lactar como mujer).
7. Plantea complejidades extremadamente complejas de prever, peor de manejar. Frente a las contradicciones y contrasentidos planteados, surge la potencial necesidad de "identificar" varios "géneros". ¿Están estos definidos, con sus posibles denominaciones, y tratamientos? (ej. La niña (actual sexo femenino), le niñe (ej. ¿Sexo masculino pero que se siente mujer?, ¿??), li niñi (ej sexo femenino pero que se siente hombre?) etc.) ¿Contempla estos aspectos la reforma propuesta? Ahora que se pretende modificar el idioma para "dar igual tratamiento" a "ellos y ellas", por ejemplo: "los y las asambleístas aprobaron esta reforma en primera instancia". Con la nueva reforma ¿será que ahora deberemos expresarnos así: las les lis los lus asambeistas asambleistes asambleistis asambleistos y asambleistus aprobaron reforma en primera instancia?. Y, Qué vamos a hacer cuando debamos reconocer legalmente a un "género" que se adecúe para el caso de una persona que ha optado por ser "bi genérea (si cabe el término) es decir con una mezcla de masculino y femenino (ej, senos y pene. Se conoce que ya ocurre)? ¿Deberemos incorporar más vocales al alfabeto para que puedan ser tratados con justicia?
8. Definitivamente la coyuntura exige buscar alguna otra opción para hacer justicia a estas personas que padecen de esta circunstancia que les impide "integrarse" con su realidad natural: ¿abrir la opción para que su situación sea reconocida en la cédula de identidad en un nuevo casillero (de género) creado para ese efecto? En la perspectiva de , partiendo de que "creSer es Ser+, en el sentido de SER MEJORS, el punto de partida es "el ser" de la persona, es decir "la persona" en su realidad natural, tal cual fue "criada por su Criador". Y de lo que se trata, justamente, es de "elevar la naturaleza" (mejorar) lo cual puede lograrse inclusive desde nuestra realidad humana, mundana, terrenal (si me propongo, puedo ser más puntual, responsable, generoso, etc.). A este contexto, la propuesta de añade la perspectiva sobrenatural. Esto, puesto en términos sencillos, significa que nuestro potencial de "ser+" aumenta "inconmensurablemente" en la medida que nos dejamos tocar por "la gracia" de Dios. En este contexto, haya que decir que para "elevar la naturaleza" es básico reconocerla, aceptarla, asumirla, apreciarla, amarla. Si lo que ocurre es lo opuesto: la desconozco, rechazo, evado, desprecio, difícilmente podré "elevarla". Inclusive, penosamente, parece lógico que lo mismo exactamente se aplica en el ámbito natural.
9. Por lo dicho en el párrafo anterior, este asunto inevitablemente exige un especial empeño de amor por quienes viven esta realidad de inconformidad con su naturaleza. No ha de ser fácil. Sin embargo, no por ello podemos someternos a la pretensión de reordenar los esquemas que definen nuestra identidad como seres humanos, que, más allá de ello, pretenden imponernos una perspectiva "desintegradora" de nuestra identidad en la medida que sostienen que "nuestra sexualidad nos la impone la sociedad, mientras que nuestra realidad biológica, natural, no cuenta. Hay que decir que la IDEOLOGÍA DE GÉNERO, que está detrás de la REFORMA aquí analizada, es absolutamente ajena a nuestra idiosincrasia. Es extraño que haya ganado terreno con tanta facilidad, auspiciada por el partido de gobierno, Alianza País, que no deja de pregonar su vocación por LA SOBERANÍA lo cual implica el rechazo a influencias que provienen del mundo exterior, sobre todo si conllevan riesgos de diversa índole. Saque el visitante sus propias conclusiones